HANNAH ARENDT

En 1951, Hannah Arendt escribió: "El sujeto ideal de un régimen totalitario no es el nazi convencido o el comunista comprometido, son las personas para quienes la distinción entre los hechos y la ficción, lo verdadero y lo falso ha dejado de existir".

lunes, 26 de diciembre de 2011

Paños fríos.


Devolverán en efectivo lo retenido por el impuesto a las Ganancias en 2010.

En los próximos días la AFIP emitirá una reglamentación confirmando la medida. Incluye a los trabajadores a los que el año pasado les dejaron de retener Ganancias por la suba del mínimo. Deberán abonarlo los empleadores.
Echegaray, titular de la AFIP, que sacará una resolución sobre GananciasEchegaray, titular de la AFIP, que sacará una resolución sobre GananciasEchegaray, titular de la AFIP, que sacará una resolución sobre Ganancias

Los empleados a los que en julio de 2010 les dejaron de retener el Impuesto a las Ganancias por la suba del 20% del mínimo no imponible y las deducciones del gravamen, podrán reclamar a los empleadores la devolución de lo retenido entre enero y junio del año pasado. Si bien la modalidad y la fecha deberá ser fijada por la reglamentación que dicte la AFIP, fuentes del organismo indicaron que sería con la liquidación anual de febrero próximo.
Esto es así porque el Congreso aprobó una ley para avalar las modificaciones realizadas por la AFIP por simples resoluciones durante los años 2010 y 2011. En esas ocasiones, la AFIP disminuyó las retenciones en un 20%, sin tocar el mínimo no imponible y las deducciones, porque esto sólo podía hacerse por ley del Congreso y la oposición no le dio los votos al Gobierno.
Pero ahora sí el Congreso subió en forma retroactiva el mínimo no imponible y las deducciones del Impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia y autónomos. Como se trata de un tributo de ejercicio anual, la suba del 20% que rigió desde junio de 2010 será retroactiva a enero de ese año.
José Luis Ceteri, del estudio Arizmendi, explicó que la devolución será sólo para aquellos a los que se les dejó de retener, porque los que tenían salarios más altos y siguieron tributando Ganancias pudieron conmutar los saldos a favor con las retenciones posteriores. A los trabajadores que quedaron con saldos a favor, “los empleadores deberían devolver los importes y luego recuperarlos en el programa de retenciones denominado SICORE”, especificó Ceteri.
Las empresas no tienen publicadas tablas para calcular las retenciones de los pagos de sueldos que se efectúen a partir del mes de enero de 2012. Por ese motivo es la urgencia con la que la AFIP deberá reglamentar la ley que sancionó el Congreso, añadió el especialista.

Cálculo
Por otra parte, como para calcular el saldo en febrero los empleadores debieron emplear las tablas anteriores –2008–, por la misma razón, la falta de una ley del Congreso que las modificara, los trabajadores quedaron con un saldo en su contra en 2010 y 2011, cuyo pago fue postergado por resoluciones de la AFIP.
La ley del Congreso, subiendo el mínimo no imponible y las deducciones del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría, condonó los saldos final del gravamen en los cierres de 2010 y 2011, y así desapareció la amenaza que pesaba sobre los trabajadores, con la posibilidad de que la AFIP le reclamara el pago de los saldos en su contra.
Los empleados que se desvincularon, por renuncia o despido durante estos dos años, en el próximo mes de marzo tendrán que reclamarle a la DGI la devolución del impuesto retenido de más. La causa es porque en el momento de la desvinculación los empleadores utilizaron las tablas de deducciones viejas, del decreto 1426/08, y de esta forma surgió un saldo a favor del fisco que fue retenido en el momento de confeccionarse la liquidación final. La reglamentación tendría que definir cómo habrá que hacer el reclamo, explicó Ceteri.
Agregó que los autónomos también corregirían los saldos del impuesto que tienen pendiente de ingresar. La reglamentación tendría que definir si deben rectificarse las declaraciones juradas presentadas este año o si la deuda queda condonada de oficio.
Por otro lado, para el futuro el proyecto prevé que el Ejecutivo tenga la facultad para modificar las deducciones personales sin necesidad de la sanción de una ley. “Este último punto es controvertido ya que, según la Constitución, los impuestos sólo pueden ser creados o modificados por el Congreso”, opinó.

Entradas populares

ARCHIVO DEL BLOG