HANNAH ARENDT

En 1951, Hannah Arendt escribió: "El sujeto ideal de un régimen totalitario no es el nazi convencido o el comunista comprometido, son las personas para quienes la distinción entre los hechos y la ficción, lo verdadero y lo falso ha dejado de existir".

viernes, 19 de agosto de 2016

PARA EL GOBIERNO FUE MENOS GRAVE DE LO ESPERADO: EL TARIFAZO, CON CHANCES DEL "SIGA-SIGA" TRAS LAS AUDIENCIAS.


     Por Ana Clara Pérez Cotten/iProfesional.- En el macrismo trazan una lectura favorable tras el fallo de la Corte Suprema, que marcó la obligatoriedad de realizar las audiencias públicas, cuyo resultado no es vinculante, pero reafirmó que es el Ejecutivo quien tiene la potestad de manejar la política tarifaria. El Gobierno intenta minimizar el costo político: llama a audiencias públicas y habla de mirar hacia adelante. Pudo haber sido peor. Esa es la conclusión a la que llegaron los funcionarios del Gobierno luego de haber conocido la decisión de la Corte Suprema sobre el tarifazo. Por lo pronto, los funcionarios se esforzaron por transmitir a lo largo del día una imagen de normalidad, al tiempo que trataban de contradecir la impresión inicial de que toda la política tarifaria oficial había sido puesta en observación. En las primeras horas, la sensación que dejaban los medios de comunicación era la de una anulación completa del cambio tarifario, lo que implicaría un retroceso a la situación que imperaba durante el gobierno kirchnerista, con el consiguiente costo fiscal -y político, claro está- para Mauricio Macri. Sin embargo, una vez que la espuma de la noticia desapareció y los actores políticos accedieron a la interpretación de la letra fina y del espíritu del escrito, la impresión fue otra. Concretamente, que se trataba de un fallo con grises, de impronta política y de efectos "salomónicos" tanto para el Gobierno como para los usuarios. De hecho, el mayor costo -que ya se daba por descontado- fue el recordatorio de que se había incumplido con la obligación legal de convocar a audiencias públicas antes de determinar una suba tarifaria. No obstante, la Corte ratificó que las mismas no limitan la potestad del Poder Ejecutivo para fijar la política energética, incluyendo los precios. Y, acaso más importante, al centrar su fallo en la cuestión de las tarifas, el Máximo Tribunal corrió el foco de la discusión, ya que puso toda su atención en el aspecto formal del procedimiento. Esto se contradice con el reclamo de las fuerzas políticas opositoras, que apuntaban a que primara un criterio social: la tarifa no debería fijarse según los costos sino a partir de la capacidad económica de los usuarios.
Lo cierto es que la Corte, aunque mencionó la necesidad de la viabilidad en el pago, no estableció un criterio específico sobre a partir de qué monto deja de ser "viable", con lo cual -en los hechos- dejó esa decisión en manos del Gobierno. La impresión en el ámbito político es que hay un aval tácito a que rija el esquema con el tope del 400% una vez superada la instancia formal de las audiencias. Atento a la chance de revertir la impronta de "fallo contrario", el Ejecutivo reaccionó rápido: a las cuatro horas de que se difundiera la sentencia, ofreció una conferencia de prensa. El objetivo fue doble: 1) Mostrar una actitud antagónica a la del kirchnerismo, acostumbrado a protestar en voz alta cada vez que una decisión del Poder Judicial complicaba sus planes. 2) Mostrarse activo y propositivo de cara a los próximos meses. “No es el escenario más negativo que se podía haber dado", aseguró el jefe de Gabinete, Marcos Peña.


Un fallo con grises y vericuetos 


Tal como replicaron los titulares inmediatamente después de que se conociera la noticia, la Corte anuló los aumentos de gas para usuarios residenciales, al tiempo que estableció la obligatoriedad de las audiencias públicas como paso previo a la fijación de nuevos valores. En fallo unánime (un dato político no menor) confirmó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que frenó el tarifazo y dispuso que los importes deben retrotraerse a los cuadros previos a las resoluciones del ministerio de Energía, es decir a los vigentes al 31 de marzo. Por lo pronto, la sentencia tiene aristas que merecen una lectura más detallada a la hora de tener que dilucidar los aspectos a favor y en contra de la política energética. "Es un fallo salomónico, que responde a la expectativa en contra que habían generado muchos de los jueces amparistas", evaluó Emilio Apud, ex secretario de Energía de la Alianza y actualmente integrante del directorio de YPF por el Estado. Estimó en $740 millones el costo fiscal del reacomodamiento, al tiempo que negó que haya sido una "cachetada" para Cambiemos: "El sector residencial significa sólo un 30% de la demanda". Además, afirmó que el fallo "no anula todo el procedimiento. Lo que establece es que deben hacerse las audiencias como paso previo para aplicar el aumento". En igual sentido, Dante Sica, director de la consultora Abeceb, consideró que el fallo le reconoce al Gobierno su jurisdicción, si bien le advierte que "se salteó un paso". Sin embargo, consideró que lo importante de la sentencia es su incidencia en un programa económico que "está muy justo" para el que no se cuenta con "mucho margen de maniobra". En su visión, la decisión del Máximo Tribunal le pone algo más de presión al programa económico. 

Puntos a favor del Gobierno 

 En la Casa Rosada, se apuraban a capitalizar los datos positivos del fallo. Por lo pronto, rescatan que no impide realizar los aumentos una vez que se haya superado la instancia de las audiencias públicas. Así, el principal efecto que trae es el retraso en los ajustes, lo que no implica un cambio en el camino elegido. En un apartado sobre la división de poderes y funciones, la Corte ratificó la potestad del Gobierno en materia de tarifas y recordó que le corresponde al Ejecutivo la fijación de las mismas como también la implementación de la política energética. A su vez, apuntó que es función del Poder Legislativo la determinación del marco regulatorio general, mientras que al Poder Judicial le corresponde controlar si el cuadro tarifario es razonable y si se ajusta a la Constitución y a la ley. En el macrismo celebraron que el freno al aumento se limite sólo a los usuarios residenciales y no abarque a los comercios e industrias. La Corte esgrimió que para los procesos colectivos deben existir intereses individuales homogéneos y que "el único grupo homogéneo es el de los usuarios residenciales". "Se trata de los ciudadanos, a quienes les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos y por eso se afecta el acceso a la Justicia y pueden ser representados en una sentencia colectiva. Por esta razón, la sentencia únicamente tiene efectos respecto de ese colectivo", fundamenta el Máximo Tribunal. Este último punto generó mucho ruido en el sector de las pequeñas y medianas empresas que, al decir de las entidades que las nuclean, quedaron desprotegidas. “La arbitrariedad de los aumentos en muchos casos pusieron en tela de juicio la supervivencia de miles de fuentes genuinas de trabajo", advirtió la Confederación Argentina de Mediana Empresa (CAME) en un duro comunicado. Además, anunció que redoblarán los esfuerzos para lograr un fallo en sintonía para ese sector y anticiparon la presentación de cautelares. En tanto, el presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, señaló que "celebramos que los usuarios residenciales, que son los que en definitiva consumen nuestros productos, vuelvan a recuperar algo poder adquisitivo, pero claramente no entendemos por qué las Pymes quedaron afuera ya que somos justamente quienes generamos el 80% del empleo". "El fallo de la Corte es injusto en términos de no haber incluido a las pequeñas y medianas empresas”, recalcó el directivo. 

 ¿Qué son las audiencias públicas? 

Se trata de un espacio de participación ciudadana -en el proceso de toma de decisiones- garantizado desde la reforma de la constitución de 1994. Fueron pensadas con el fin de habilitar un espacio institucional para que puedan expresar su opinión todos aquellos que se sientan afectados. Al no ser vinculantes, el Poder Ejecutivo es quien preside la audiencia y se ocupa de llamar a los consumidores y especialistas. Lo hace a través del ente regulador respectivo, en este caso el Enargas. Un rechazo a los aumentos no implicaría que no puedan efectivizarse, de modo tal que los encuentros significan un paso protocolar. Por lo pronto, el encuentro tendrá lugar el día lunes 12 de septiembre en la Usina del Arte, en donde se tratará el tema del gas. El Gobierno también ordenó que se dispongan las medidas necesarias para que las prestadoras del servicio en todo el país apliquen a los usuarios residenciales los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo por los consumos efectuados a partir del 1 de abril. 

Costos y la salida a la crisis política 

La Corte evitó una definición explícita sobre el criterio que deberá regir para aplicar los incrementos. Más bien, se limitó a decir que el reajuste debe tener el "criterio de gradualidad" y evitar una tarifa "confiscatoria". Una definición muy amplia que el Gobierno hasta podría terminar utilizando a su favor. El aspecto técnico más desfavorable para el Ejecutivo es el referido al precio del gas en boca de pozo. La Justicia validó que su fijación -que es el componente más importante de las facturas (casi 60%)- es una "actividad económicamente desregulada", pese a que también debe estar sujeta a audiencias públicas mientras el Estado intervenga. El sector energético se compone de tres eslabones: generación, transporte y distribución. La Corte reconoce la obligatoriedad de las audiencias que, en principio, han sido legisladas para dos de esos tres rubros: transporte y distribución del gas. Sin embargo, consideró que desde que se dictó la Ley de Emergencia (año 2002), el precio del gas pasó de un contexto de libre negociación a uno de intervención estatal. Es decir, la propia conducta del Estado justifica que ahora también este rubro (generación) tenga que ser discutido en audiencia pública. En este sentido, la oposición advierte que el Gobierno les reconoció a las petroleras precios exorbitantes en boca de pozo, por lo que ahora va a tener que dar explicaciones. En este sentido, la Argentina paga hasta u$s7 el millón de BTU cuando en otros países el precio es de u$s2,8. Rápido de reflejos, Aranguren anticipó que antes de que se celebren esos encuentros el Estado fijará un valor de referencia por debajo del de mercado. Más allá de los aspectos técnicos, la decisión de la Corte tiene un impacto político en el sentido de que le posibilita al Gobierno salir del atolladero en el que se había metido con el tarifazo. El futuro de Aranguren en el Gabinete volvió a ser cuestionado luego de que quedaran demostradas varias desprolijidades técnicas y políticas. Por otra parte, se espera que en los próximos días -para evitar un nuevo revés en la Justicia- el Ejecutivo reacomode el aumento de la luz y así se adecue a las formas que le exigió la Corte. Esto, aun cuando le significará una erogación del orden de los $15.000 millones. Por lo pronto, el costo fiscal de retrotraer el marco tarifario no parece ser el único problema. A pocos meses de terminar su primer año en el poder, el macrismo deberá redoblar sus esfuerzos para demostrar que realmente es capaz de instalar el cambio estructural que prometió durante la campaña.

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