HANNAH ARENDT

En 1951, Hannah Arendt escribió: "El sujeto ideal de un régimen totalitario no es el nazi convencido o el comunista comprometido, son las personas para quienes la distinción entre los hechos y la ficción, lo verdadero y lo falso ha dejado de existir".

miércoles, 29 de mayo de 2013

Alejandra es una soldada K: "Salven a Chevron"

Por Urgente24.- El acuerdo posible entre YPF y Chevron exige retirar el embargo a la petrolera estadounidense, solicitado por Ecuador en una causa por contaminación. El Ejecutivo le ordenó a la procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, proceder a solicitar el rescate de la petrolera acusada de contaminar, afirmando que correspondía rechazar el cumplimiento en la Argentina de la medida solicitada por un juez de Ecuador.
Y ocurrió el mismo día que Gils Carbó fue cuestionada por otros excesos K, desde la Cámara Federal, la Corte Suprema y un fiscal federal. La procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, propuso rechazar el cumplimiento en la Argentina de una medida solicitada por un juez ecuatoriano en la que la justicia Civil embargó a la empresa Chevron Argentina por U$S 19.021.552.000. La causa llegó a la Corte Suprema luego de que la Cámara Civil confirmara la sentencia del juez de 1ra. instancia, dándole curso al pedido del juez ecuatoriano. Por ello, se dictó el cumplimiento del embargo sobre bienes que pertenecen a diferentes empresas, entre las que se encuentra Chevron Argentina SRL. En verdad, la petrolera YPF está intentando conseguir un inversor para el proyecto de hidrocarburos no convencionales en Vaca Muerta, y la única posibilidad cierta que tiene, por ahora, es Chevron, quien a su vez puso como condición para iniciar su participación el levantamiento del embargo, y ese es el motivo por el que Alejandra Gils Carbó elaboró su escrito. Buscando elementos (increíble la pérdida de profundidad en las presentaciones de Gils Carbó), la procuradora general K, opinó que “correspondía rechazar el cumplimiento en nuestro país de la medida solicitada por el juez ecuatoriano en tanto que la medida allí dispuesta -dictada en el marco de un procedimiento en el que no se aseguró la defensa de los sujetos afectados- es manifiestamente contraria al orden público argentino en los términos del artículo 12 de la convención”. Gils Carbó entendió que los sujetos embargados eran sociedades constituidas en la República Argentina y en el Reino de Dinamarca. Esto implica que “tienen personalidad jurídica propia y distinta de la de sus accionistas directos e indirectos”, según lo estipulado por la legislación nacional. “Son personas jurídicas distintas de Chevron Corporation y, en ese carácter, tenían derecho a ser oídas, en condiciones de plena igualdad, por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones”, agrega el dictamen (?). “Los sujetos embargados no fueron demandados ni condenados en la causa que se celebró en la justicia ecuatoriana” explicó y agregó que “no tuvieron la oportunidad de ser oídas, ni siquiera en la etapa de la ejecución de la sentencia”, aunque por el contrario, añadió, sólo Chevron Corporation “tuvo la chance de controvertir la procedencia, el mérito y la extensión del embargo”. Según ella, el pedido de que proceda el embargo de acuerdo a la Convención Interamericana “no es aplicable”, por lo que, solicitó a la Corte Suprema que ordenara en forma inmediata la suspensión del embargo trabado.

 Otros temas

 La del martes 28/05 fue una jornada complicada para Gils Carbó. > En la Corte Suprema, anunciaron que, a causa del planteo de nulidad por un dictamen firmado por una procuradora subrogante, Alejandra Cordone Rosello, el tribunal se expedirá sobre la validez de ese tipo de nombramientos provisorios, para sentar un criterio. Antes, le dio 5 días a Gils Carbó para que exponga su postura. El caso es un expediente comercial, “Automotores Saavedra”, promovido por el empresario Antonio Conrado de Martino, quien objetó el dictamen en cuestión por estar firmado por una funcionaria sin título de fiscal. El fiscal Gerardo Di Masi impulsó una denuncia de la diputada nacional Elisa Carrió y propuso imputar a Gils Carbó, a los fiscales Carlos Gonella y Omar Orsi y al juez Sebastián Casanello, a causa de posible encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público. A Gils Carbó, Gonella y Orsi los acusa de intentar frustrar la investigación, por no haber imputado e investigado a Lázaro Báez al mismo tiempo que se avanzaba contra Jorge Leonardo Fariña y Federico Elaskar. Em cuanto al juez había sido denunciado por Carrió por girar a la Justicia de Río Gallegos la presentación que hizo la diputada sobre el supuesto desmantelamiento de una caja de seguridad de Báez y por no hacer un allanamiento solicitado por el fiscal Guillermo Marijuán en función de una denuncia anónima, en un galpón donde supuestamente habría documentación de la financiera SGI, de Elaskar. El fiscal Di Masi pidió copia de la causa contra Báez para determinar si hubo demoras en la investigación. Sobre el allanamiento, la Sala II de la Cámara Federal avaló la decisión del juez de no hacerlo, pero le dijo que les pida a los dueños del galpón que entreguen documentación que pueda estar relacionada con la causa. > La Sala I de la Cámara Federal ordenó reabrir una causa contra Gils Carbó iniciada por el senador radical Mario Cimadevilla y de la que se había hecho eco Marijuán. Cimadevilla sostuvo que la creación de unidades especializadas, como la Procelac (de lavado) y la Procunar (de narcocriminalidad), invade facultades del Poder Legislativo; la designación de subrogantes avanza sobre atribuciones del Ejecutivo y el Senado. El juez Casanello había cerrado la causa por inexistencia de delito. Dijo que la Ley de Ministerio Público habilitaba a la procuradora, como jefa de los fiscales, a hacer todo lo que había hecho, más aún teniendo en cuenta las demoras en concursos y la decisión de mejorar las investigaciones. Explicó que sin esas designaciones habría sido imposible avanzar en causas de derechos humanos. Los camaristas Eduardo Farah y Jorge Ballestero dijeron que el juez se quedó en un “debate jurídico”, en “mera retórica” sin promover pruebas, dicen, sobre la creación de cargos “no coyunturales” sino “estables”; el nombramiento de “acusadores públicos” por un “camino tangencial”. “La gravedad de las imputaciones –señalan– dirigidas a Gils Carbó no podía ser reducida mediante la simple apelación a un recurso dialéctico, sino que reclamaba un examen acerca de los hechos.” Los jueces citan al fiscal de Cámara Germán Moldes, cuando dictaminó que “Justicia lenta no es justicia, pero menos lo es una Justicia apresurada”, en alusión a que Casanello habría cerrado a la causa demasiado rápido.

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