Si Boudou renuncia podría haber elecciones. Una caja de Pandora institucional. Algunos análisis periodísticos del fin de semana coinciden en que la inminente citación a prestar indagatoria que podría recibir Amado Boudou, lo colocaría en la puerta de un procesamiento y que el mismo podría, a su vez, ser el inicio de una crisis institucional. De llegarse a esto, podríamos suponer que el gobierno se vería obligado a cerrar filas en la defensa del Vice, rechazando tanto su procesamiento como los pedidos de juicio político que presentarán distintos diputados de la oposición. Pero también la crisis puede seguir un rumbo alternativo. Por ejemplo, el gobierno podría llegar a la conclusión de que su mejor opción sería que Boudou renunciara a la vicepresidencia, lo que a su vez tendría dos efectos contrapuestos: le quitaría volumen político al tema pero sería una admisión implícita de la culpabilidad de aquél. Carlos Tórtora/El Informador Público.
El artículo 75, inciso 21, de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso aceptar o rechazar los motivos de dimisión del presidente o vicepresidente y, en su caso, proceder a una nueva elección. De más está decir que, si ésta fuera la opción elegida, la mayoría kirchnerista en el Congreso aceptaría inmediatamente la renuncia. Como se advierte, al decir “en su caso”, la norma deja abierta la posibilidad de que el Congreso no cubra la vacante de la vicepresidencia. En nuestra historia, la única vez que se procedió a cubrir el cargo de vicepresidente fue en 1953, por el fallecimiento de Hortensio Quijano y el elegido fue Alberto Teisaire. Pero no se eligieron nuevos vices cuando renunciaron Alejandro Gómez en el ‘58, Eduardo Duhalde en el ‘91 y Carlos Álvarez en el 2000. Contando con mayoría en ambas cámaras, el oficialismo podría volver al precedente de 1953, si esto cerrara con sus planes. La carta magna no establece el plazo para convocar a la elección del vice, razón por la cual se supone que podrían utilizarse los 90 días que establece el Código Electoral Nacional para las elecciones nacionales. La caja de Pandora La interpretación más extendida de la norma constitucional es que el nuevo vicepresidente que resulte electo finalizaría su mandato al momento que debió finalizar el de su sucesor, es decir el 10 de diciembre del 2015. No hay que descartar entonces que la elección de un nuevo vicepresidente en un plazo breve pueda llegar a convertirse en la oportunidad para introducir por la ventana un plebiscito para aprobar la reforma constitucional. O para realizar conjuntamente la misma elección de convencionales constituyentes, si es que el cristinismo consigue antes reunir los dos tercios de votos en el Congreso, necesarios para declarar la necesidad de la reforma. Hoy, en la práctica, se está yendo hacia la progresiva declinación de Boudou en sus funciones, ya que resulta impensable que en medio de este tembladeral él pueda ejercer normalmente las responsabilidades de su cargo. Además, una nueva elección de vicepresidente le permitiría a CFK corregir el grave error que cometió al elegir a Boudou y reafirmarse derrotando a la oposición justo cuando su figura empieza a sufrir los efectos del desgaste. Así es que el conocido axioma empresario de que las crisis dan lugar a las oportunidades puede llegar a confirmarse en este caso. Sobre todo cuando la presidente tiene por lema el conocido “vamos por todo”.
El artículo 75, inciso 21, de la Constitución Nacional establece que corresponde al Congreso aceptar o rechazar los motivos de dimisión del presidente o vicepresidente y, en su caso, proceder a una nueva elección. De más está decir que, si ésta fuera la opción elegida, la mayoría kirchnerista en el Congreso aceptaría inmediatamente la renuncia. Como se advierte, al decir “en su caso”, la norma deja abierta la posibilidad de que el Congreso no cubra la vacante de la vicepresidencia. En nuestra historia, la única vez que se procedió a cubrir el cargo de vicepresidente fue en 1953, por el fallecimiento de Hortensio Quijano y el elegido fue Alberto Teisaire. Pero no se eligieron nuevos vices cuando renunciaron Alejandro Gómez en el ‘58, Eduardo Duhalde en el ‘91 y Carlos Álvarez en el 2000. Contando con mayoría en ambas cámaras, el oficialismo podría volver al precedente de 1953, si esto cerrara con sus planes. La carta magna no establece el plazo para convocar a la elección del vice, razón por la cual se supone que podrían utilizarse los 90 días que establece el Código Electoral Nacional para las elecciones nacionales. La caja de Pandora La interpretación más extendida de la norma constitucional es que el nuevo vicepresidente que resulte electo finalizaría su mandato al momento que debió finalizar el de su sucesor, es decir el 10 de diciembre del 2015. No hay que descartar entonces que la elección de un nuevo vicepresidente en un plazo breve pueda llegar a convertirse en la oportunidad para introducir por la ventana un plebiscito para aprobar la reforma constitucional. O para realizar conjuntamente la misma elección de convencionales constituyentes, si es que el cristinismo consigue antes reunir los dos tercios de votos en el Congreso, necesarios para declarar la necesidad de la reforma. Hoy, en la práctica, se está yendo hacia la progresiva declinación de Boudou en sus funciones, ya que resulta impensable que en medio de este tembladeral él pueda ejercer normalmente las responsabilidades de su cargo. Además, una nueva elección de vicepresidente le permitiría a CFK corregir el grave error que cometió al elegir a Boudou y reafirmarse derrotando a la oposición justo cuando su figura empieza a sufrir los efectos del desgaste. Así es que el conocido axioma empresario de que las crisis dan lugar a las oportunidades puede llegar a confirmarse en este caso. Sobre todo cuando la presidente tiene por lema el conocido “vamos por todo”.