HANNAH ARENDT

En 1951, Hannah Arendt escribió: "El sujeto ideal de un régimen totalitario no es el nazi convencido o el comunista comprometido, son las personas para quienes la distinción entre los hechos y la ficción, lo verdadero y lo falso ha dejado de existir".

martes, 21 de mayo de 2013

La Justicia en Córdoba declaró inconstitucional el aborto no punible

Por AICA, Córdoba.-  Una cámara civil de la ciudad de Córdoba declaró inconstitucional la aplicación del aborto no punible que había dispuesto la Provincia para sus hospitales por significar una violación de la Constitución provincial y de la ley que reglamenta el ejercicio de la medicina. Los camaristas ordenaron que la Provincia se abstenga de aplicar la “Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible¨. La asociación civil Portal de Belén interpuso un año atrás un recurso ante un juez de primera instancia para suspender esta práctica. La Cámara de Tercera Nominación en lo Civil y Comercial de la ciudad de Córdoba declaró por unanimidad inconstitucional la aplicación del aborto no punible que había dispuesto la Provincia para sus hospitales a causa de significar una violación de la Constitución provincial y de la ley 6222, que reglamenta el ejercicio de la medicina en la provincia.
Entre sus argumentos, Guillermo Barrera Buteler, Julio Fontaine y Beatriz Mansilla de Mosquera consideraron que la disposición viola la Constitución provincial y la ley 6.222, que regula el ejercicio de la medicina en el territorio provincial. De esta manera, los camaristas ordenaron a la Provincia que "se abstenga de aplicar las disposiciones de la Resolución del Ministerio de Salud N° 93 del 30 de marzo de 2012 y su anexo I denominado “Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de aborto no punible". Los magistrados se apartaron del criterio de la Corte Suprema y consideraron que deben prevalecer los derechos del niño por nacer. La medida se dio a conocer luego de que hace poco más de un año la asociación civil Portal de Belén interpusiera un recurso ante un juez de primera instancia para suspender esta práctica. En el artículo 19, la Constitución de Córdoba reconoce el derecho a la vida desde la concepción.

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