HANNAH ARENDT

En 1951, Hannah Arendt escribió: "El sujeto ideal de un régimen totalitario no es el nazi convencido o el comunista comprometido, son las personas para quienes la distinción entre los hechos y la ficción, lo verdadero y lo falso ha dejado de existir".

jueves, 4 de septiembre de 2014

PAGO SOBERANO: EN LOS EEUU SE PREPARA UNA NUEVA TORMENTA JUDICIAL CONTRA LA ARGENTINA


    Por Carlos Tórtora/El Informador.- Ayer el FpV anunció en el debate del proyecto de pago soberano de la deuda externa que se incluirá la creación de una comisión bicameral que investigue la evolución de la deuda desde 1976 hasta la fecha, como lo proponen otros partidos. Una iniciativa que aumentará la conflictividad en torno al tema pero que sirvió para favorecer la difícil media sanción del proyecto obtenida anoche. El 30 de septiembre vencen bonos Par bajo ley de Nueva York por U$S 67 millones. Ese mismo día, el Gobierno también debería pagar U$S 16 millones por bonos bajo jurisdicción argentina, U$S 99 millones con ley británica y un millón bajo norma japonesa. El caso es que, tal como vienen las cosas, el proyecto de canje podría sancionarse entre el 17 y el 24 de este mes.
Faltaría la promulgación y la publicación en el Boletín Oficial. Es decir, todo esto a menos de una semana del vencimiento de los Par. Ni que hablar si la media sanción faltante se trabara en la Cámara de Diputados. Pero además, falta la reglamentación de la ley, prevista en el artículo 3° del proyecto, que dice: “Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a adoptar las medidas necesarias para remover al Bank of New York Mellon como Agente Fiduciario y a designar, en su reemplazo, a Nación Fideicomisos S.A.” O sea que al menos habrá una o varias resoluciones firmadas por Axel Kicillof. En este contexto, no hay duda de que le va a resultar difícil a Nación Fideicomisos S.A. cumplir con el pago de los bonos Par en fecha. Para empezar, los detalles de todos los tenedores desde fines de agosto deben estar en el BoNY y éste debería darle la nómina actualizada al BNA. ¿Lo hará? 


El 25 del mes pasado, Argentina revocó la autorización legal para que el Bank of New York Mellon (BoNY) opere en el país, en el medio de una ofensiva oficial contra la entidad por haber acatado el fallo del juez Thomas Griesa y bloquear U$S 539 millones depositados para el pago a bonistas, lo que hizo caer en default al país. Esta carrera seguiría así: Nación Fideicomisos debería tener el detalle completo de tenedores y bonos el 28/09 a las 13 horas, para organizar los pagos y que el dinero esté a disposición de los tenedores a la apertura de bancos del día 30… ¿Podrá pagarse en tiempo y forma? En principio parece más que dudoso. Obviamente, un nuevo incumplimiento por parte de Argentina, en este caso por dificultades para aplicar la nueva ley, significaría la ampliación del default, claro que por motivos distintos a los que existen hasta ahora, ya que la Casa Rosada ya no podría culpar al bloqueo de Griesa porque los bonistas no hayan cobrado en tiempo y forma. 

 Al menos tres frentes de tormenta 

 Con estas incógnitas planteadas, corresponde analizar las posibles consecuencias judiciales de la futura ley. Como ya señalamos en artículos anteriores, la mayor parte de los tenedores de bonos son fondos cuyos estatutos establecen que deben realizarse los cobros en la sede establecida en el convenio de fideicomiso, que es anexo del Decreto 1735/2004, es decir, el BONY. Así es que éstos y otros tenedores que rechacen cobrar en Nación Fideicomisos o en Francia (que ayer fue agregada por el gobierno al proyecto como alternativa) podrán accionar judicialmente en Nueva York. Por razones de economía procesal y de conexidad, es de suponer que, por decisión de la Corte de Apelaciones del Segundo Distrito, las nuevas demandas se concentrarán en el juzgado de Griesa, aun cuando se trata de acciones absolutamente independientes de las ya ganadas por los holdouts NML y Aurelius, entre otros. La segunda variable es que, si los tenedores juntan al menos el 10% de los bonos, pueden iniciar una “aceleración” tratando de juntar el 25% de la emisión. Esto es, tal como está previsto en el contrato de los bonos, la aceleración implica reclamar el cobro de la totalidad del capital más los intereses. La tercera cuestión es que Griesa, ante la consumación del desacato, le imponga a la Argentina una multa diaria por el incumplimiento de la sentencia de pago a los holdouts. 

En la Justicia norteamericana, la multa por incumplimiento de una sentencia puede llegar hasta el 1% diario del monto que debe pagar la persona física o jurídica. Tomando estimativamente -con la actualización de intereses- que la deuda con los holdouts ascienda a U$S 1600 millones, el 1% diario equivale a U$S 16 millones, es decir, alrededor de 200 millones de dólares por mes o 2400 por año. Pero no hay seguridad de que el juez imponga la multa, un tema que en estos días éste seguramente conversaría con la Corte de Apelaciones u otra instancia superior. Lo que seguramente ocurrirá será que Griesa dicte una declaración de “desacato” mediante la cual le pediría al Poder Ejecutivo que adopte sanciones de Estado a Estado. Griesa ya dijo que el cambio de domicilio de pago es “ilegal” pero no declaró el “desacato” porque no había ley sino simplemente el anuncio oficial del proyecto. En cambio, si se sanciona la norma, las represalias pueden ser muy fuertes, ya que la primera potencia del mundo no puede permitir que este país incumpla el fallo de su justicia. No se trata sólo del caso argentino sino que los EEUU quedarían debilitados, ya que en el futuro cualquier otro país podría hacer lo mismo, sentándose así un precedente de proyecciones graves para el sistema financiero internacional. Hay que considerar también que, si el Juez impone una multa diaria, no importa su monto, y Argentina no la paga, tendrá una deuda que no es comercial y no está amparada por el Acta de Inmunidad Soberana, sino que será una deuda de Estado a Estado. O sea que su monto puede ser embargado por el Estado acreedor. De lo que no cabe ninguna duda es que, después de la sanción de la ley de Pago Soberano, vendrán las represalias y serán muy duras. Esto, a su vez, afectará sensiblemente a nuestra economía, aumentando la recesión, generando más inflación y disparando el precio de nuestra reserva de valor, el dólar.

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